Cuando el autor de un delito sea atrapado cometiendo el ilícito, los jueces podrán resolver con celeridad la situación penal del delincuente. Este procedimiento no estaba contemplado en el Código y se ajusta a la Constitución.
Cuando el autor de un delito sea atrapado cometiendo el ilícito, los jueces podrán resolver con celeridad la situación penal del delincuente. Este procedimiento no estaba contemplado en el Código y se ajusta a la Constitución.
En diálogo con LT10, Santiago Mascheroni, diputado provincial, expresó que “nuestro Código Procesal Penal define lo que es la flagrancia (atrapar al delincuente cometiendo el ilícito o a metros del hecho) pero no establece un procedimiento especial”.
Además, Santiago Mascheroni agregó que “con esta norma se estableció un procedimiento más rápido, que no viola garantías constitucionales. Es más simple elaborar la prueba y llegar a la condena con celeridad. Esta norma evita las chicanas jurídicas”.
Por su parte, Estanislao Giavedoni, fiscal, opinó que “esta norma nos solucionará muchísimo el trabajo, en algunos casos. Por ejemplo, en la portación de armas. Este es un típico delito de flagrancia. Este procedimiento nos va a permitir condenar con celeridad. Hay muchos delitos de este tipo, en el trabajo cotidiano. Con esta norma no vamos a perder tiempo en contatar un delito que tenemos absolutamente probado”.